El sello “Pyme innovadora” es un reconocimiento por parte del Ministerio de Ciencia e Innovación para poder distinguir a aquellas empresas que cuentan con carácter innovador.
Para obtener este sello, las empresas han de contar con una serie de requisitos.
Requisitos que se han de cumplir para conseguir el sello “Pyme innovadora’’
Haber recibido financiación pública en los últimos tres años a través de:
-
- Convocatorias públicas en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (se entiende también los planes siguientes).
- Ayudas para la realización de proyectos I+D+I, del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial.
- Convocatorias del VII Programa Marco de l+D+I o del Programa Horizonte 2020, de la Unión Europea (se entiende también los programas marco siguientes).
Demostrar su carácter innovador mediante su propia actividad:
-
- Tanto por disponer de una patente propia en explotación en un periodo inferior a cinco años.
- Como por haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 de la ley del impuesto sobre sociedades.
Demostrar su capacidad de innovación, mediante alguna de las siguientes certificaciones oficiales:
-
- Joven Empresa Innovadora (JEI), según la especificación AENOR EA0043.
- Pequeña o microempresa innovadora, según la especificación AENOR EA0047.
- Certificación conforme a la norma UNE 166.002 (sistemas de gestión de la l+D+I).
Ventajas de la obtención del sello “Pyme innovadora’’
- En el marco de un mismo proyecto, permite a las empresas compatibilizar las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador dedicado al mismo de manera exclusiva, con las deducciones fiscales por I+D+i establecidas en el artículo 35 de la ley del impuesto sobre sociedades.
- También las empresas pueden beneficiarse de las ayudas que vayan ligadas expresamente a la condición de “Pyme innovadora” y pueden participar en la contratación pública a través de la denominada Compra Pública Innovadora.
- Cuando una empresa consiga el sello, esta podrá exhibir el logo oficial de modo que los usuarios sepan que esa pyme es innovadora y está reconocida como tal. También podrá utilizar este distintivo para el tráfico comercial y fines publicitarios.
¿Cómo se realiza la solicitud?
Aquellas empresas que quieran registrarse como pymes innovadoras deberán hacerlo mediante la correspondiente solicitud de inscripción, aportando la documentación que acredite que cumple los requisitos establecidos en la Orden Ministerial ECC/1087/2015, de 5 de junio según se indica al inicio.
El sello que certifica a una pyme como innovadora se podrá descargar mediante el enlace que se aporta en la resolución de concesión, o bien el representante de la empresa podrá descargarlo en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Una vez expirada la validez del sello “Pyme innovadora”, este no podrá exhibirse, según lo establecido en el artículo 3.5 de la orden ministerial citada. En el caso de haber sido retirado por comprobarse posteriormente a su concesión el no cumplimiento de los requisitos, tampoco podrá ser utilizado.
El sello ‘’Pyme innovadora’’ es una gran oportunidad para todas aquellas empresas de carácter innovador que cumplen con los requisitos establecidos, no solo por poder recibir el reconocimiento que les permitirá beneficiarse de todas sus ventajas, sino porque les permitirá dar bienvenida a nuevos horizontes muy prometedores.
Respuestas del 2
Hola Equipo Madrid-España.
Todavía, después de los años, estoy inmerso en la Presentación y Capítulos Anexos. Tratando de resumir lo más posible el tiempo de duración
del Documental dirigido a Niños y Adultos para « La Prevención de Riadas por Lluvias con los Medios Naturales del Lugar y según Algunos Modos Arcaicos ´´, enfocada a Evitar la Erosión de Suelos. Facilitando la Auto-Recarga de Acuíferos. La Auto-Fertilización de Terrenos y la Auto-Reforestación de la Zona. Y si más Verde, más Oxígeno. Ya se Sabe.
Pensaba, que a mi vuelta y con todos los vídeos de años de prueba y ensayos en tales temas, la cosa era meter cuatro vídeos… y ya está. ¡ Qué iluso !.
Y en vez de licenciarme a los 65, como es normal, me veo en el Cole todavía, aprendiendo programas y más programas, de edición de vídeo, imagen, grabación y sonido, clases de repaso de piano y otros. A mis 66, ¿ no será esto una broma ?.
Broma o no, hay que tirar para adelante, que si no,… ¡ qué pérdida de tiempo !.
Salud, Prosperidad y Paz para el Mundo. Gracias.
Buenos días:
Gracias por sus comentarios y por seguir a Madrid Emprende.
Por si los necesita, o son de su interés, ya sabe que tiene a su disposición un conjunto de servicios gratuitos de asesoramiento para personas emprendedoras, que ofrecemos con el objetivo de apoyar y resolver todas las dudas que surgen desde que te planteas la idea de negocio. Puede consultar sobre el asesoramiento para emprender en la Ventanilla Única del Emprendedor o en la Red de viveros de empresas desde el siguiente enlace: https://www.madridemprende.es/asesoramiento/#VUE
Por si está interesado en formación y networking, puede consultar e inscribirse desde: https://portal.madridemprende.es/agenda/
También puede suscribirse a nuestro boletín semanal https://www.madridemprende.es/suscripcion-boletin/
Saludos.