- Cesar tu actividad como autónomo o empresario individual en España implica un conjunto de trámites y requisitos que debes seguir
Cesar tu actividad como autónomo o empresario individual en España implica un conjunto de trámites y requisitos que debes seguir para asegurarte de que todo se realiza de manera correcta y legal. Aquí te explicamos detalladamente cómo llevar a cabo este proceso sin contratiempos.
Pasos a seguir
Darte de baja en Hacienda
El primer paso para cesar tu actividad como autónomo es darte de baja en Hacienda. Esto se hace mediante la presentación del modelo 036 o 037, dependiendo de tu situación. Este trámite se puede realizar de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de su sede electrónica.
- Acceder al formulario adecuado: modelo 036 (completo) o 037 (simplificado).
- Rellenar los campos correspondientes: indicar la fecha efectiva del cese de la actividad y otros datos relevantes.
- Presentar el formulario: puedes hacerlo en persona o en línea, utilizando un certificado digital.
Baja en la Seguridad Social
Una vez que te has dado de baja en Hacienda, el siguiente paso es comunicar tu cese de actividad a la Seguridad Social. Este trámite se realiza a través del Sistema RED, que es el portal de la Seguridad Social para la gestión de altas y bajas de autónomos.
- Acceder al Sistema RED: utiliza tu certificado digital para ingresar.
- Completar el formulario correspondiente: indicar la fecha de cese y otros datos necesarios.
- Confirmar la baja: verifica que todos los datos sean correctos antes de enviar el formulario.
Liquidación de impuestos pendientes
Asegúrate de liquidar todos los impuestos pendientes antes de finalizar tu actividad. Esto incluye el IVA, el IRPF y otros impuestos específicos de tu actividad.
- Revisar tus obligaciones fiscales: consulta qué impuestos debes presentar y pagar.
- Presentar las declaraciones correspondientes: utiliza los formularios adecuados para cada impuesto (por ejemplo, modelo 303 para el IVA, modelo 130 para el IRPF).
- Realizar los pagos necesarios: asegúrate de que todos los pagos estén al día para evitar sanciones.
Cierre de cuentas bancarias y otros servicios
Si tienes cuentas bancarias, líneas de crédito u otros servicios contratados exclusivamente para tu actividad como autónomo, deberás cerrarlas o darlas de baja.
- Contactar con tu banco: informa de tu cese de actividad y solicita el cierre de cuentas o servicios específicos.
- Cancelar suscripciones y contratos: revisa y cancela cualquier suscripción o contrato relacionado con tu actividad profesional.
Archivo de documentación
Mantén un archivo organizado de toda la documentación relacionada con tu actividad como autónomo. Esto incluye facturas, contratos, declaraciones de impuestos y cualquier otra documentación relevante. Es una forma de prevenir despistes sobre pagos pendientes, como los pagos trimestrales.
- Organizar los documentos: clasifícalos por tipo y fecha.
- Guardar en un lugar seguro: asegúrate de que estén accesibles en caso de una auditoría o cualquier otra necesidad futura.
Plazos para gestionar la baja en el RETA
A la hora de tramitar la baja de autónomo es importante tener clara esta información con respecto a los plazos que hay que cumplir:
- Plazo para solicitar la baja: tienes 3 días desde la fecha en que finalizas tu actividad para solicitar la baja como autónomo.
- Solicitud anticipada: puedes comunicar tu baja de manera anticipada, hasta con 60 días de antelación a la fecha en que planeas finalizar tu actividad.
- Flexibilidad en la fecha de baja: hasta tres veces al año, si solicitas la baja dentro del plazo y la fecha de finalización de tu actividad no coincide con el último día del mes, puedes elegir entre que la baja sea efectiva en la fecha exacta de finalización o el último día del mes. El resto de las bajas en el año se harán efectivas siempre el último día del mes en que finalices la actividad.
- Solicitud fuera de plazo: si solicitas la baja fuera del plazo establecido, la fecha de efectividad será siempre el último día del mes en que finalices tu actividad.
Consecuencias de no cumplir los plazos
No cumplir con los plazos establecidos al cesar tu actividad como autónomo puede acarrear varias consecuencias negativas, tanto legales como financieras:
- Sanciones y multas: la Agencia Tributaria y la Seguridad Social pueden imponer sanciones económicas si no realizas los trámites de baja a tiempo. Estas sanciones pueden aumentar con el tiempo, generando una deuda que podría haberse evitado.
- Recargos por deudas: si no liquidas los impuestos pendientes en el plazo correspondiente, se pueden generar recargos sobre la deuda original, incrementando la cantidad a pagar.
- Pérdida de beneficios fiscales: algunos beneficios o deducciones fiscales pueden perderse si no se cumplen los plazos. Por ejemplo, podrías perder la posibilidad de deducir ciertos gastos relacionados con la actividad, lo que aumentaría tu carga fiscal.
- Continuación de la obligación de cotización: si no te das de baja en la Seguridad Social en el momento adecuado, seguirás obligado a pagar las cotizaciones como autónomo, incluso si ya no estás generando ingresos. Esto puede representar un gasto innecesario que afecta tu economía.
- Problemas legales: además de las multas y recargos, no cumplir con los plazos puede llevar a problemas legales más serios, como embargos o la inclusión en listas de morosos, lo que puede afectar tu historial crediticio.
Consejos adicionales
Considera la posibilidad de contar con un asesor fiscal o contable que te guíe durante todo el proceso si tienes alguna situación particular así para cerciorarte de cumplir con todos los plazos y obligaciones. Recuerda respetar los plazos establecidos para cada trámite para evitar sanciones y complicaciones legales, como el de darte de baja en Hacienda hasta un mes desde la fecha de cese de la actividad.
Cesar tu actividad como autónomo requiere seguir una serie de pasos administrativos que aseguren el correcto cierre de tu negocio. Siguiendo esta guía, podrás realizar este proceso de manera ordenada y efectiva, asegurando una transición sin complicaciones. Además, desde el Ayuntamiento de Madrid, a través de Madrid Emprende, ponemos a disposición de los emprendedores el servicio gratuito de consulta, asesoramiento y acompañamiento de la Ventanilla Única del Emprendedor situada en la Calle Príncipe de Vergara 140 de Madrid y de las oficinas de asesoramiento empresarial de los viveros de empresas de la red, ubicados en Carabanchel, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas, Vicálvaro y Villaverde. Si deseas solicitar cita previa, puedes hacerlo a través de este enlace: cita Previa – Plataforma Madrid Emprende
Para más información puedes consultar este enlace: Cese de actividad (paeelectronico.es)