Noticias jurídicas AUTÓNOMOS Y VÍA ELECTRÓNICA, YA ES UNA REALIDAD LA OBLIGATORIEDAD DE TRABAJAR JUNTOS

Autónomos y vía electrónica

Resumen

Esta Orden establece la obligatoriedad a los trabajadores autónomos para que realicen sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones desde el 1 de octubre de 2018.

¿A quién afecta?

  • Los trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma.
  • Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
  • Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

¿Qué obligaciones tengo como autónomo?

La Orden Ministerial establece la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Incluye la recepción, por comparecencia en la SEDESS, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

¿Desde qué momento es efectiva la obligación?

Pasado el período transitorio de adaptación de seis meses que establecía la orden, la obligación es efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encontraban en alta en los regímenes afectados.

No se ha realizado notificación previa sobre la obligación por correo postal.

¿Dónde puedo gestionar mis trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

  • El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos)
  • La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS)

¿Qué necesito para poder acceder a los servicios en la SEDESS?

Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad.

Existen diferentes sistemas de autenticación admitidos en la SEDESS que permiten el acceso a los servicios.

¿El trabajador autónomo debe ser el único que acceda siempre a las notificaciones?

No, las notificaciones se enviarán a la vez a la SEDESS y al sistema RED, si el trabajador autónomo dispone de un autorizado en RED podrá también acceder y firmar la notificación electrónica.

El trabajador autónomo puede también nombrar a un apoderado a efectos de la recepción de las notificaciones telemáticas. Todas las gestiones relativas a los apoderamientos se realizan en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la SEDESS.

Por tanto, ES MUY IMPORTANTE comunicar y actualizar tus datos de contacto para recibir avisos de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad social para ello acude este link.

Pulsa aquí para más información

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