El Ayuntamiento de Madrid publica la convocatoria para entidades de derecho privado que quieran participar como colaboradoras en la gestión de las ayudas para trabajadores autónomos contempladas en el Plan Relanza 2021. Las asociaciones sin ánimo de lucro interesadas en inscribirse podrán hacerlo desde el 12 hasta el 23 de julio de 2021.
Consulta las bases de la convocatoria donde quedan establecidos los principios de selección de dichas entidades, su régimen jurídico, requisitos básicos y obligaciones a cumplir. Además, se definen las normas generales para la presentación de solicitudes y toda la documentación necesaria a aportar.
El procedimiento de selección será el de concurrencia competitiva. De este modo, de todas las solicitudes recibidas que cumplan con los requisitos, la comisión de valoración seleccionará a tres entidades en función de los criterios de valoración establecidos en la base sexta de la convocatoria. Las tres organizaciones que resulten seleccionadas en el proceso recibirán una compensación económica municipal.
Dichas asociaciones, que actuarán como entidades colaboradoras, deberán gestionar las subvenciones concedidas a trabajadores autónomos por un importe de 3.000 euros. Esta subvención se engloban dentro del Plan Relanza 2021 promovido por el Ayuntamiento de Madrid para contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de las empresas.
Las organizaciones que quieran participar como entidades colaboradoras deberán reunir los siguientes requisitos:
- Podrán participar en la presente convocatoria las asociaciones sin ánimo de lucro que, de acuerdo con sus estatutos, desarrollen su actividad principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid y estén inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid.
- Podrán participar en el procedimiento de selección de las entidades colaboradoras las asociaciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior, tengan plena capacidad de obrar y acrediten los siguientes criterios de solvencia:
- Solvencia económica y financiera: contar con un saldo medio en cuenta bancaria durante el año 2020 de, al menos, 5.000 euros.
- Solvencia técnica: contar con una experiencia mínima de dos años como Punto de Atención al Emprendedor (PAE) o en el asesoramiento a trabajadores autónomos y, en especial, informando sobre ayudas públicas de similares características a la convocatoria pública para la concesión de ayudas a autónomos del Plan Relanza del Ayuntamiento de Madrid.
- No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social, así como en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
- Disponer de personal técnico cualificado para colaborar en la difusión del Plan Relanza, prestar asesoramiento y ayuda a los trabajadores autónomos para la presentación de la solicitud, y demás actuaciones y gestiones necesarias para la resolución de las ayudas en los términos previstos en la correspondiente convocatoria.
- Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra los perjuicios que pudieran derivarse para los solicitantes de una tramitación incorrecta de su solicitud, cuando el error resulte imputable a la entidad colaboradora, en una cuantía de 100.000 euros.
Las entidades interesadas deberán presentar la solicitud obligatoriamente de forma electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento Madrid Selección de entidades colaboradoras del Plan Relanza. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
El trámite de esta convocatoria requiere identificación y firma electrónica, y se realizará en línea a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en el apartado “Tramitar en línea”.
Para obtener más información sobre cómo presentar una solicitud en modalidad de formulario electrónico, se puede consultar la página web de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.