Tendrán derecho a esta reducción las personas que hubieran sido declaradas beneficiarias de los servicios de apoyo al emprendimiento prestados en los despachos a 14 de marzo de 2020.
También podrán acogerse a esta reducción las personas o entidades mercantiles que hayan sido o sean declaradas beneficiarias de los referidos servicios entre el 14 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.
El único requisito exigido, además de presentar la correspondiente solicitud y cumplir con lo dispuesto en la convocatoria correspondiente, es que la condición de beneficiario se extienda, al menos, a dos ejercicios completos.
La reducción aprobada tendrá una duración máxima de 12 mensualidades.
Además, se amplía el plazo máximo de estancia en los despachos de los viveros hasta los cuatro años.
La bonificación es compatible con la ya existente reducción del 20% en el precio público para aquellos proyectos empresariales o entidades mercantiles en los que la mayoría de personas promotoras sean mujeres.
Es una iniciativa que forma parte de un amplio paquete de ayudas con las que el Ayuntamiento de Madrid apoya la actividad económica y el empleo para que pymes y autónomos madrileños puedan hacer frente a la grave situación económica provocada por la COVID-19.
Esta bonificación entrará en vigor el 1 de agosto de 2020.