Crecimiento, la línea de financiación de ENISA

crecimiento enisa

Resumen

  • “Crecimiento” es una línea de financiación de ENISA
  • Su objetivo es apoyar los proyectos empresariales de compañías interesadas en expandir su negocio o lograr una mejora competitiva

 

Para aquellas compañías interesadas en expandir su empresa o lograr una mejora competitiva que estén basadas en un modelo de negocio viable y rentable, ENISA cuenta con una línea de financiación que puede ayudarlas a crecer y a ampliar su capacidad productiva: la línea «Crecimiento».

La citada entidad participa activamente en la financiación de proyectos empresariales y en la dinamización del mercado de capital riesgo, ya que ENISA es de capital público, depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la DGIPYME y, desde 1982, centra su actividad en la financiación a las pymes a través del préstamo participativo.

El público objetivo de esta línea de financiación para fomentar el crecimiento está constituido por emprendedores que no solo busquen una expansión, sino consolidarse e, incluso, internacionalizar su proyecto.

Requisitos de «Crecimiento»

Teniendo esto en cuenta, los requisitos principales para acceder a esta línea de ayuda económica contemplan ser una pyme, que, de acuerdo con la Unión Europea es aquella “empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros”; tener personalidad jurídica propia, independiente de la de los socios o partícipes; desarrollar la actividad principal y tener domicilio social en el territorio nacional y contar con un modelo de negocio innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.

Además de lo anterior, debe tener lugar la cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial y los fondos propios de la empresa que solicita esta ayuda, han de ser equivalentes a la cuantía del préstamo o superiores, pero nunca inferiores.

Del mismo modo, el emprendedor solicitante deberá mostrar una estructura financiera equilibrada y denotar profesionalidad en su gestión, así como demostrar la viabilidad técnica y económica de su proyecto empresarial.

Otro de los requisitos que se tendrá en cuenta es que las cuentas del último ejercicio cerrado de la empresa habrán de estar depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que procesa y, para aquellos préstamos aprobados por importe superior a los 300.000 €, se deberán tener auditados externamente los estados financieros del último ejercicio cerrado.

En este sentido, quedan excluidos los sectores inmobiliario y financiero.

Obligaciones de comunicación

Por otra parte, la persona beneficiaria de esta línea de financiación también contará con obligaciones de comunicación, ya que se compromete a mencionar expresamente, durante el tiempo que dure este préstamo, que cuenta con financiación de ENISA (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) e incorporar su logo en la información corporativa de la empresa.

Condiciones económicas de la financiación

La ayuda económica que se detalla en este artículo tampoco está exenta de condiciones económicas, entre las que figuran el importe mínimo y máximo del préstamo, los tipos de interés, la comisión de apertura y la carencia de principal. A continuación, se enumeran todas ellas:

  • Importe mínimo del préstamo 25.000 € e importe máximo del préstamo 1.500.000 €.
  • La cuantía de fondos propios y la estructura financiera de la empresa serán determinantes para determinar el importe que se le proporcione.
  • El tipo de interés se aplicará en dos tramos, correspondiendo el primero a euríbor +3,75% y el segundo a un interés variable en función de la rentabilidad financiera de la empresa, teniendo en cuenta un límite máximo establecido entre el 3% y el 8% de acuerdo con el rating de la operación.
  • La comisión de apertura será del 0,5%.
  • El vencimiento máximo de 9 años.
  • La carencia de principal máximo de 7 años.
  • La amortización de intereses y principal es trimestral.
  • No se exigen garantías.
  • Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo.
  • Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: si se produce cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En caso de que esa opción tenga lugar, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado.

 

No se determina plazo específico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


es_ESES