Emprender en la Unión Europea. Regulación europea del IVA

IVA

Resumen

  • Si una empresa realiza o va a realizar operaciones sujetas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) con otro estado miembro, es necesario que esté inscrita en el Registro de Operadores Intracomunitarios
  • Es necesario conocer toda la información con respecto a los impuestos que se aplican en la Unión Europea

 

A la hora de embarcarse en la aventura del emprendimiento, uno de los principales objetivos que se persiguen es el de crecer. A lo largo de la vida de un negocio se le puede presentar diferentes formas de crecimiento pero, sin duda, la ampliación de fronteras es una de las opciones viables para crecer y prosperar.

Para las pequeñas y medianas empresas de nuestro país poder emprender en alguna nación vecina de la Unión Europea les proporciona un nuevo mercado al que ofrecer sus productos. Sin embargo, antes de meterse de lleno, es necesario conocer toda la información con respecto a los impuestos que se aplican en ese territorio.

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Es el caso del impuesto sobre el valor añadido (IVA) que, aunque cuenta con normas generales de aplicación en toda Europa, puede variar entre países. No obstante, antes de tener en cuenta qué tipo de IVA aplica en cada país miembro, hay que tener en cuenta unos pasos previos.

Si la empresa realiza o va a realizar operaciones sujetas al impuesto sobre el valor añadido con otro estado miembro, es necesario que esté inscrita en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Para ello, debe contar con un número de identificación fiscal regulado.

Esta inclusión en el registro se consigue a través de la presentación del modelo 036 marcando la casilla 582 de solicitud de alta. La fecha de la primera operación se cumplimenta en la casilla 584 y si tras 3 meses de su presentación no hay respuesta por parte de la Agencia Tributaria se puede dar como denegada. La presentación de este modelo se puede realizar vía presencial u online a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para proceder a la comprobación de registro dentro de la Unión Europea, se puede realizar a través de la consulta digital en el buscador de registros mercantiles.

Cuando la pequeña o mediana empresa o autónomo tiene su registro en la Unión Europea, puede realizar sus actividades comerciales en cualquiera de los países que conforman la UE y proceder a la realización del IVA de forma online. Hay que tener en cuenta el país de destino para saber qué tipo de impuesto hay que aplicar, independientemente del país de origen de la empresa.

Tipos de IVA

Hay varios tipos de IVA que se pueden aplicar dependiendo de determinadas circunstancias y normas propias de cada país miembro. Por eso, a la hora de valorar el emprender en otro lugar de la UE, es necesario saber que existen los siguientes tipos de impuesto sobre el valor añadido:

  • Tipo de IVA normal: es el que se aplica al suministro de la mayoría de los bienes y servicios. Cada territorio decide qué porcentaje aplicar siempre que no sea inferior al 15%.
  • Tipo de IVA reducido: se aplica al suministro de ciertos bienes y servicios reflejados dentro de la lista del anexo III de la directiva del IVA. Esta lista general es a nivel europeo y nunca puede ser un valor inferior al 5%.
  • Tipos de IVA especiales: solo algunos países están autorizados a aplicarlos a determinados suministros. Aparecieron en un principio como medidas transitorias para facilitar la aplicación del IVA y han ido desapareciendo con el tiempo de forma progresiva. Hay tres tipos:
    • Superreducido: inferiores al 5% y se aplican a una lista limitada de bienes y servicios en algunos países de la UE.
    • Tipo cero: en algunos países se aplica a determinadas ventas. Aquí el consumidor no tiene que pagar el IVA, pero la pyme o trabajador/a por cuenta propia sigue teniendo el derecho a deducirse el IVA de las compras que haya realizado, que estén directamente relacionadas con la venta.
    • Tipo parking: este tipo lo aplican algunos países para ciertos suministros de bienes y servicios, que no se encuentran en el anexo III de la directiva del IVA, anteriormente nombrado. Se aplican tipos reducidos de IVA sobre esos suministros, en lugar de tipo normal, siempre que no sea inferior al 12%.

EUgo: punto único de contacto español de la directiva de servicios

El portal EUgo va dirigido a todos los empresarios y emprendedores nacionales y de los estados miembros de la Unión Europea que necesiten autorizaciones, inscripciones en registros, licencias, y todos aquellos requisitos administrativos o profesionales para realizar una actividad económica remunerada o crear una empresa en España.

Es un punto único de contacto (ventanilla única) para que los prestadores de servicios de la UE puedan realizar online todos los procedimientos y trámites relativos al ejercicio de su actividad.

 

En conclusión, la expansión de fronteras en el ámbito empresarial, particularmente en el contexto de las pequeñas y medianas empresas dentro de la Unión Europea, ofrece oportunidades significativas de crecimiento. No obstante, antes de aventurarse en nuevos mercados, es crucial comprender y abordar las complejidades fiscales, especialmente en lo que respecta al impuesto sobre el valor añadido (IVA).

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